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¿SABES QUÉ instrumentos financieros tiene la
Unión Europea de apoyo a la inversión en el exterior? |
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1.- PROGRAMA ECIP (Países menos desarrollados de Asia,
América Latina, la Región Mediterránea, Oriente
Medio y Sudáfrica)
Instrumento destinado a promover las empresas conjuntas con
socios locales y los proyectos de privatización e infraestructura
privada en esos países.
(*) CONDICIONES ADICIONALES:
- El límite máximo de las ayudas acumuladas en las 3 fases no
puede superar 1.000.000 ECUS.
- En las fases de Inversión y Postinversión, la aportación
de la Unión Europea sólo será efectiva si existe una
aportación de una Institución Financiera (p.ej. COFIDES). En este
caso, la contribución de la U.E. tendrá idénticas
características (mismo importe y condiciones) que las de la
Institución cofinanciadora.
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2.- PROGRAMA JOP (Países de Europa Central y
Oriental y de la Federación Rusa)
Instrumento destinado a promover las empresas conjuntas con
socios locales y las inversiones directas en esos países. Orientado,
prioritariamente a las pequeñas y medianas empresas (con menos de 1.000
empleados).
(*) CONDICIONES ADICIONALES:
- Para las fases de pre y postinversión, se pueden obtener subvenciones
por los costes incurridos por envío de personal interno a la empresa
mixta o filial. El importe por estos gastos es de 200 ECUS/día.
- En las fase de Inversión, la aportación de la Unión
Europea sólo será efectiva si existe una aportación de una
Institución Financiera (p.ej. COFIDES). En este caso, la
contribución de la U.E. tendrá idénticas
características (mismo importe y condiciones) que las de la
Institución cofinanciadora. |
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3.- CENTRO PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL (CDI) para
Países del Africa Subsahariana, Caribe y Pacífico (ACP)
Su objetivo es apoyar la creación, expansión y
reestructuración de empresas industriales (principalmente en la
industria manufacturera y agroindustria) en los países ACP, favoreciendo
la cooperación entre empresas ACP y empresas Europeas. Esta
cooperación puede adoptar diferentes formas: financiera, técnica,
comercial, de gestión, acuerdos de licencia o franquicia,
subcontratación...
(*) CONDICIONES ADICIONALES:
- El límite máximo por proyecto para las operaciones previas y
para la puesta en marcha del proeycto es de 300.000 ECUS (o el 20% de la
inversión total).
- Los fondos reembolsables de capital riesgo (participación en el
capital) son aportados por el Banco Europeo de Inversiones. La
aportación de la Unión Europea sólo será efectiva
si existe una aportación de una Institución Financiera que
cofinancie el proyecto (p.ej. COFIDES). En este caso, la contribución de
la U.E. tendrá idénticas características (mismo importe y
condiciones) que las de la Institución cofinanciadora.
- Del coste total de las acciones apoyadas (estudios de preinversión,
asistencia técnica, formación de personal...) el ICEX aporta 1/3,
CDI 1/3 y el último tercio queda a cargo del inversor.
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