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   ¿SABES QUIENES pueden ser inversores en el extranjero?  
 
 
  • Las personas físicas españolas o extranjeras residentes en España.
  • Las personas jurídicas con domicilio social en España.
  • Los establecimientos y sucursales en territorio español, de personas jurídicas domiciliadas en el extranjero, o de personas físicas no residentes en España.
 
 
   ¿SABES QUÉ clases de aportación pueden constituir inversiones en el exterior?  
 
 
  • Aportación dineraria.
  • Asistencia técnica, patentes y licencias de fabricación.
  • Equipo capital.
  • Capitalización de reservas, reinversión de beneficios, dividendos no distribuidos en caso de ampliación de capital,...
  • Cualquier otro medio o activo (Inmuebles, acciones, préstamos,..).
 
 
   ¿SABES CUÁL es el régimen general de las inversiones en el exterior?  
 
  Estas inversiones están totalmente liberalizadas, excepto aquellas que se realicen en países no miembros de la CEE cuando se de alguna de las siguientes circunstancias:
  • Que puedan comportar consecuencias perjudiciales para el Estado español y hayan sido objeto de suspensión específica y notificada del régimen de liberalización (por parte del Director General de Transacciones Exteriores).
  • Que el medio de aportación consista en bienes inmuebles situados en España, acciones y otros valores que den derecho a participación en sociedades españolas, establecimientos u otros activos situados en España. Si el país es miembro de la CEE se requeriría verificación previa.
 
 
   ¿SABES CUÁLES son los tipos de inversión en el exterior?  
 
  a.- Inversiones directas en el exterior:
  • La participación en sociedades extranjeras cuando el inversor pueda influir de forma efectiva en la gestión o control de la sociedad.
  • La constitución y ampliación de sucursales y establecimientos, así como la concesión a los mismos de anticipos reintegrables.
  • La concesión de préstamos cuya vida media ponderada sea superior a 5 años, con el fin de establecer o mantener vínculos económicos duraderos.
b.- Inversiones de cartera en el exterior:
  • Suscripción/adquisición (en mercados organizados o no) de acciones de sociedades extranjeras siempre que no constituyan inversión directa.
  • Suscripción/adquisición de valores negociables representativos de empréstitos (de rendimiento explícito o implícito) y de instrumentos financieros emitidos por no residentes.
  • Participación en fondos extranjeros de inversión colectiva, debidamente constituidos, y con difusión pública de precios.
c.- Inversiones en bienes inmuebles en el exterior:
  • Adquisición de la propiedad y demás derechos reales sobre bienes inmuebles situados en el extranjero, incluyendo multipropiedad.
d.- Otras formas de inversión en el exterior:
  • Cuentas en participación.
  • Comunidades de bienes.
  • Fundaciones.
  • Agrupaciones de interés económico.
  • Cooperativas.
  • Otros supuestos que se determinen por el gobierno.
 
 
   ¿SABES CUÁLES son los modelos de declaración de inversiones españolas en el exterior?  
 
 
  • MC-2: "Exportación/Importación de títulos al/del extranjero"
  • MC-10 A: "Inversiones españolas en sociedades extranjeras no cotizadas, sucursales y establecimientos"
  • MC- 10 B: "Liquidación de inversiones declaradas mediante modelo MC- 10 A"
  • MC- 11 A: "Inversiones españolas en bienes inmuebles en el exterior"
  • MC- 11 B: "Liquidación de inversiones declaradas mediante modelo MC- 11 A"
  • MC- 12: "Declaración semestral de titulares de inversiones directas y de cartera en el exterior en valores negociables"
  • MC- 13: "Memoria anual de inversiones directas en el exterior"
  • MC-14: "Verificación/Autorización de inversiones españolas directas y de cartera en el exterior"
  • MC- 15: "Verificación/Autorización de inversiones españolas en inmuebles en el exterior"
  • MC- R: "Rectificación de datos relativos a los impresos modelos MC de declaración, solicitud de Verificación/Autorización y Memoria Anual de Sociedades"
 
 
   ¿SABES CUÁL es la legislación reguladora de las inversiones españolas en el extranjero?  
 
 
  • Real Decreto 672/1992 del 2.07.92
  • Resolución de la D.G.T.E. del 7.07.92
  • Resolución de la D.G.T.E. del 21.09.92
  • Real Decreto 1080/1991 del 5.07.91 sobre Paraísos Fiscales