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  ¿SABES CÓMO se concreta el lugar, tiempo y modo de las operaciones de Comercio Internacional?
    Las condiciones de lugar, tiempo y modo han de figurar en el propio contrato de compraventa y se resumen en unas cláusulas que se llaman incoterms. "Los incoterms son el conjunto de reglas establecidas por la Cámara de Comercio Internacional relativas al despacho de la mercancía; es decir a la fijación del lugar donde el vendedor queda obligado a situar la mercancía por su cuenta, así como la fijación de los gastos y la transmisión del riesgo de la operación"  
 
   
PARA CUALQUIER MODO DE TRANSPORTE


Grupo E: Salida

EXW En fábrica: (... lugar convenido): el vendedor entrega la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor. El comprador debe asumir todos los costes y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía en los locales del vendedor: transporte, tasas y documentos de exportación.

Grupo F: Transporte principal no pagado

FCA Franco transportista: (...lugar convenido): el vendedor entrega la mercancía al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. El lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en ese lugar. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste es responsable de la carga; si es en otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga.

Grupo C: Transporte principal pagado

CPT Transporte pagado hasta: (...lugar de destino convenido): el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él. Además debe pagar los costes del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido.

CIP Transporte y seguros pagados hasta: (...lugar de destino convenido): el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él mismo. Además debe pagar los costes del transporte de loa mercancía.

Grupo D: Llegada

DAF Entregada en frontera: (...lugar convenido): el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador sobre los medios del transporte utilizados y no descargados, en el punto y lugar de la frontera conlindante.

DDU Entregada derechos no pagados: (...lugar de destino convenido): el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, no despachada de aduana para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido.

DDP Entregada derechos pagados: (...lugar de destino convenido): el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido.


PARA TRANSPORTE POR MAR Y VÍAS NAVEGABLES INTERIORES EXCLUSIVAMENTE


Grupo F: Transporte principal no pagado

FAS Franco al costado del buque: (...puerto de carga convenido): el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. El comprador ha de soportar los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía.

FOB Franco a bordo: (...puerto de carga convenido): el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El comprador ha de soportar los costes y riegos de pérdida o daño de la mercancía.

Grupo C: Transporte principal pagado

CFR Coste y flete: (...puerto de destino convenido): el vendedor entrega la mercancía cuando ésta sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque. Además debe pagar los costes y el flete para llevar la mercancía pero el riesgo de pérdida y daño de la mercancía se transmiten de vendedor al comprador.

CIF Coste, seguro y flete: (...puerto de destino convenido): el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costes y el flete para llevar la mercancía pero el riego de pérdida y daño de la mercancía se transmiten de vendedor al comprador.

Grupo D: Llegada

DES Entregada sobre buque: (...puerto de destino convenido): el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador a bordo del buque, no despachada de aduana para la importación, en el puerto de destino convenido.

DEQ Entregada en muelle: (...puerto de destino convenido): El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador, sin despachar de aduana para la importación, en el muelle del puerto de destino convenido. Se exige del comprador el despacho aduanero para la importación.